Autoescuela Madrazo – Autoescuela en Barcelona
Han pasado 18 años desde que se llevó a cabo la última actualización de señalización. Por lo que tanto la DGT como el Ministerio de Transportes han decidido hacer unas modificaciones. Hay que resaltar que se trata de un Real Decreto, y que todavía se encuentra en fase de borrador, pero que esta previsto que entre en vigor a mitad del próximo año.
Implantar y sustituir nuevas señales supone una inversión muy elevada; por lo que no se obligará a hacerlo en un plazo determinado. Y serán la Administración titular de la vía (Ayuntamientos, Estado central, Autonomías, Diputaciones y Cabildos) será quien decida cual es el momento idóneo que coincida con sus proyectos de mantenimiento, conservación y mejora.
Se modificaran algunas señales antiguas y se introduce, por primera vez, la señal que informa de un paso de jabalíes, la que anuncia una electrolinera y la que prohíbe el paso a los patinetes eléctricos.
La señal P-33 es la que informa del «peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc».:
En cuanto a las modificaciones, la clásica señal de STOP, se moderniza con nuevas letras, mucho más legibles:
La señal P-21 es una modificación para actualizar el momento que vivimos de los nuevos tiempos sociales y la identidad de género. Esta destinada a zonas que tengan que ver con las proximidades de colegios o zonas frecuentadas por niños. En esta nueva versión mostraba a un pequeño llevando de la mano a una niña. Ahora, es al revés:
Esta nueva señal, advierte del «Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones»:
Otra de las nuevas señales. en este caso la de «Peligro por la proximidad» de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes:
Otra de las nuevas, es la P‐8 que significa peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras:
También se crea la P‐20A que previene del peligro por la proximidad de uno o varios pasos para peatones:
La nueva P‐21b advierte del peligro por la proximidad de encontrarnos en un lugar frecuentado por personas de la tercera edad o ancianos, que estén cerca de una residencia, etc.:
Esta señal nueva es la P‐22a, que nos informa del peligro por la proximidad de uno o varios pasos para ciclistas:
Esta señal nueva es la R‐120, Prohibición de acceso a vehículos en función de su distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. Las condiciones se especificarán en un panel complementario S860 o en un cartel en el que se incluya la señal. Es la señal que usarán las ciudades en los accesos a las Zonas de Bajas Emisiones que tienen que estar en vigor en 2023:
Señal R-118 de prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos:
Esta señal nueva es la S‐1B, que informadel principio de una carretera multicarril y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Esta señal puede indicar el ramal de un nudo que conduce a una carretera multicarril:
Esta señal S1C advierte del principio de una carretera 2+1 que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos. El carril central se destina a facilitar la maniobra de adelantamiento, estando reservado de manera alterna a uno y otro sentido de circulación. Esta señal puede indicar también el ramal de un nudo que conduce a una carretera 2+1:
La nueva señal R‐422 que es la obligación para los usuarios de ciclos de continuar a pie. Si dicha obligación se limita a ciertos periodos, se indicará mediante un panel complementario:
El color de la pegatina corresponde al año en el que caduca el plazo de la ITV. De esta manera los agentes de tráfico pueden comprobar rápidamente si un vehículo tiene la ITV pasada o no. En ella aparece un número situado sobre el escudo constitucional, que indica las dos últimas cifras del año de cadu…
Numerosos incidentes que involucran coches y bicicletas tienen lugar no en el tráfico, sino en los estacionamientos, cuando al abrir la puerta del vehículo se golpea involuntariamente a un ciclista que pasa cerca. Para prevenir este tipo de situaciones, es recomendable emplear la técnica de abrir la puerta «a la holandesa», una práctica altamente respaldada por la Guardia Civil…
A partir del 1 de noviembre, la DGT cambia el sistema oficial por el cual notifica a los infractores las sanciones de tráfico a todas las personas jurídicas, es decir, a las empresas. Las multas dejarán de llegar a casa a través del correo ordinario, y solo se podrá tener conocimiento de las multas a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). Haciendo Clic aquí.
La Dirección Electrónica Vial (DEV) se accede a través de la sede virtual de la DGT y en el mismo se pueden recibir las comunicaciones y notificaciones de Tráfico con los mismos efectos jurídicos que las cartas en papel.
Para utilizar este sistema, es necesario darse de alta con algún tipo de identificación electrónica, como DNI-e / CIF o certificado. Hay que entrar a la sede virtual de la DGT, ir a Otros trámites y clicar sobre Notificación electrónica: Dirección Electrónica Vial (DEV). Ahí aparecerá la opción darse de Alta. Se completa la solicitud y, una vez finalizada, las notificaciones pasarán a enviarse única y exclusivamente de manera telemática.
Las empresas y personas jurídicas que todavía no hayan completado este procedimiento tienen dos semanas para hacerlo. A partir del día 1, si nos hemos dado de alta, la DGT avisa por mensaje móvil o correo electrónico que en el buzón hay una notificación para consultar.
Si recibes una notificación de una multa de tráfico, debes comprobar quién te la ha puesto, revisar que los datos de tu domicilio sean correctos y hacer el pago.
Una vez comprobado que la multa es de la DGT, tenemos un plazo voluntario de 20 días naturales desde que recibiste la notificación para pagar o recurrir si no estás conforme con la sanción.
Recuerda que tienes 20 días naturales para pagar con reducción del 50%.
Si pagas la multa en los primeros 20 días, te beneficias del 50% de reducción, aunque en este caso, renuncias a recurrirla (presentar alegaciones). En este caso tampoco podrás fraccionarla o aplazar el pago de una multa.
Cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en el período voluntario no tendrá efecto. Al interponer una alegación pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu recurso es desestimado, deberás pagar el 100% de la sanción.
Desde que se publique una notificación a través de esta nueva vía, tienen un máximo de 10 días naturales para descargarla. ¡Y ojo con esto! Si no se de descarga en plazo, caduca. Si caduca, no se puede descargar y se considera como recibida correctamente. Al considerarse recibida, comienzan a contar los plazos para contestar (10/20 días).
Llegado este punto, si no contesta en plazo, se genera un incumplimiento/penalización. Y las penalizaciones pueden ser hasta del triple del importe de la comunicación inicial y procederán al embargo por Hacienda.
No se aplicará la reducción del 50% para las siguientes infracciones:
1. Cuando los vehículos que conducimos tengan instalados inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
2. Falsear la identificación del conductor responsable de una infracción.
3. Realizar obras en la vía sin la autorización correspondiente, no instalar, o hacerlo incorrectamente, la señalización correspondiente. Así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
4. Incumplir las normas establecidas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.
Cuando las temperaturas comienzan a caer, los amantes de los deportes de invierno y la montaña, aprovechen los fines de semana y días de vacaciones para desplazarse a lugares donde disfrutar de su afición. Uno de esos lugares, es los Pirineos, tanto en su parte española como francesa…
Según lo especificado en el Reglamento de Circulación, la responsabilidad por incumplir la obligación de utilizar el cinturón recae directamente en la persona que cometió la infracción. Por lo tanto, será esta persona quien tendrá que pagar la multa, eximiendo de cualquier responsabilidad tanto al conductor como al propietario del vehículo.
Ya está aquí Halloween, y cada año son más los adeptos a esta fiesta importada. No sólo son más los niños y niñas que piden caramelos, también son cada vez más los adultos que se apuntan a la celebración de esta fiesta, pero disfrazarse, puede traernos problemas en algunas circunstancias.
El año pasado algunas personas disfrazadas de los personajes del juego del calamar, comenzaron a emular a los protagonistas tomando actitudes peligrosas que tuvieron que ser contenidas por las autoridades. Más allá de las amenazas o agresiones escudadas en este disfraz, existen otra serie de conductas que pueden ser constitutivas de delitos:
Por divertido que pueda parecer desde fuera, que muchas personas conduzcan disfrazados durante la noche del 31 de octubre, o bien porque se han cambiado en casa, o porque vuelven disfrazados después de la fiesta a casa, hemos de saber que el reglamento General de Circulación no prohíbe los disfraces al volante.
Ahora bien, es sancionable si las autoridades consideran que puede afectar a la seguridad vial.
Existen tres artículos del código de circulación que pueden justificar una multa por ir disfrazado. El disfraz no debería influir en:
Conducir sin asegurar la libertad adecuada de movimientos o manteniendo una posición incorrecta se sanciona con 80 € de multa, que puede reducirse a la mitad si se paga pronto.
En cualquier caso, este tipo de infracciones se consideran leves y dependen de la interpretación del agente, por lo que este deberá justificar y concretar muy claramente la posible negligencia del conductor.
Disfrazarse de policía, guardia civil, bombero o médico es algo muy habitual para las fiestas de Halloween o Carnaval. Hemos de saber que el simple hecho de ir disfrazado no constituye ningún tipo de ilícito penal. Ahora bien, es importante especificar que ha de ser un disfraz, no el uniforme real o una réplica exacta, ya que sólo por el hecho de utilizar públicamente un uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial nos podemos enfrentar a una multa importante. Especialmente si utilizamos el disfraz para aprovecharnos de la circunstancia y engañar a otros ciudadanos en nuestro beneficio; sería un delito de usurpación de funciones.
Según el artículo 402, el Código Penal podríamos enfrentarnos a castigos de uno a tres años de prisión.
Es muy típico que los disfraces de Halloween estén complementados con cuchillos, hachas o pistolas, pero mucho cuidado. Si un arma parece demasiado real, las autoridades podrían requisarla. Además, si este objeto se utiliza para atemorizar o amenazar a alguien (aunque se trate de un artículo de mentira) podría incurrirse en un delito de amenazas, cuyas penas dependen de la gravedad del caso.
En cuanto a las imitaciones de armas de fuego, la legislación española prohíbe portar cualquier elemento que pueda confundirse con pistolas o escopetas.
En el artículo 561 del Código Penal podemos leer: «Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses«.
Aunque este año, el frío ha tardado más en venir, ya ha llegado de golpe. Y con él, los conductores vuelven a enfrentarse a los típicos problemas que con lleva esta estación; arrancar el coche a primera hora de la mañana, poner o no neumáticos de invierno, encontrar hielo en las lunas porque lastempera…
Una de las dudas más comunes que nos asaltan en verano a la hora de conducir, es cuando volvemos de la playa o la piscina y nos preguntamos ¿Se puede conducir con chanclas o está prohibido?…
La moto es el vehículo favorito para muchos; ya que, es ideal para ir al trabajo o para disfrutar de la sensación de libertad, adrenalina, y/o velocidad.
Según el último informe realizado por Estamos Seguros (iniciativa de la patronal aseguradora Unespa) en colaboración con ANESDOR y Centro Zaragoza, sobre los datos recogidos a partir de 2020, durante la última década, el número de escúteres asegurados ha aumentado un 54%; lo que determina que es una de las preferencias de los conductores para moverse por la ciudad.
Todos sabemos el caos que puede suponer moverse por la ciudad, especialmente si se trata de ciudades grandes y transitadas como Barcelona.
Dónde además de los problemas de transito, hay que añadir el de aparcamiento. Es por eso que la moto constituye un instrumento ideal para desplazarse con rapidez, flexibilidad. Además, de que supone un menor consumo y por tanto; de coste, comparado con conducir un coche, y más ahora con los precios tan elevados de carburante.
Son muchas las ventajas de conducir un vehículo de dos ruedas. Ya qué nos permite adelantarnos y saltarnos la cola de un semáforo o de un atasco y otra de las acciones más ventajosas es la de poder aparcar justo delante del destino encima de una acera, una plaza o cualquier otro lugar, pero ¡ojo! cuidado porque hacerlo puede tener consecuencias.
Según la Dirección General de Tráfico (DGT), “aceras, paseos y demás zonas peatonales son lugares donde motos -y demás vehículos de motor- tienen prohibido estacionar como norma general”.
Por lo tanto, la regla genérica prohíbe aparcar la moto en estas zonas. De hacerlo, la acción puede acarrear una multa, que podría aumentar si se considera que está obstaculizando de manera grave la movilidad de los peatones.
Por otro lado, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial deja en manos de cada ciudad y municipio la gestión y regulación de este asunto. Así que corresponde a los ayuntamientos regular la parada y el estacionamiento para los vehículos de dos ruedas, teniendo en cuenta que no entorpezcan ni pongan en riesgo el tránsito de los peatones. Así que es muy importante conocer la normativa de cada ciudad y tener en cuenta las señales de nuestro alrededor.
Cuando acabó 2020, Barcelona era la provincia con más vehículos motorizados de dos ruedas (510.650 unidades), el doble que Madrid y Valencia.
La Ordenanza Municipal de Peatones y Vehículos del Ayuntamiento de Barcelona regula en su artículo 40 las condiciones en las que motocicletas y ciclomotores de dos ruedas pueden aparcar en las aceras. El artículo hace hincapié en que, siempre que sea posible, “se estacionarán en los espacios destinados especialmente a este fin”. En el supuesto de que no haya, “será posible estacionar en la calzada, en semibatería, ocupando una anchura máxima de un metro y medio, y sin impedir el acceso a los vehículos inmediatos”. Tan solo cuando no se pueda parar en los espacios previstos, y no esté prohibido o no haya reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros de ancho, con las siguientes condiciones:
Requisitos para aparcar en la acera en Barcelona:
Para muchos conducir una moto además de pasión, es una buena solución para ir a trabajar y sortear el tráfico en Barcelona. Sin embargo, la normativa para conducir una motocicleta es bastante estricta y se encuentra dividida en distintas categorías dependiendo del tipo de motocicleta…
El color de la pegatina corresponde al año en el que caduca el plazo de la ITV. De esta manera los agentes de tráfico pueden comprobar rápidamente si un vehículo tiene la ITV pasada o no. En ella aparece un número situado sobre el escudo constitucional, que indica las dos últimas cifras del año de cadu…
Desde este mes de septiembre han entrado en funcionamiento 17 radares fijos de punto en el interior de Barcelona. Doce de estos radares están instalados en entornos escolares y otros cinco en ubicaciones que tienen un elevado riesgo de accidente.
En su comparecencia, la teniente de alcalde Laia Bonet, ha comentado: “El exceso de velocidad es una de las principales causas indirectas de accidentalidad”. Desde la intersección de las calles Indústria y Sant Quinti, frente a la escuela Miralletes y a pocos metros del instituto Moisès Broggi, donde se ha colocado uno de los nuevos dispositivos, la edil ha lamentado que en lo que llevamos de año las cifras nos han dejado 18 muertos, de los cuales 15 de ellos han sido motos o ciclomotores. Algo que preocupa mucho, ya que las cifras de siniestralidad siguen subiendo.
Este septiembre, los radares funcionarán en “fase pedagógica”, y desde octubre, durante tres meses se enviarán avisos a los infractores y a partir del 1 de enero comenzarán las multas.
Una de las prioridades del Ayuntamiento de Barcelona es la de la protección de los entornos escolares. Por lo que se han creado nuevos espacios de estancia libres de tráfico motorizado. La velocidad en estas zonas escolares, está limitada a 30 km/h, aunque se encuentren en vías de la red básica en las que genéricamente se puede circular hasta 50 km/h.
Estos nuevos radares incorporan como novedad una pantalla en la que se indica a los conductores la velocidad a la que circulan en ese momento.
Según las palabras de Bonet; “La voluntad no es poner multas sino cambiar comportamientos, la cultura de conducir, y para ello; lo mejor es que se tome conciencia de la velocidad a la que se va”.
Después de estos meses informativos y de concienciación, se mantendrán cuando los dispositivos tengan función sancionadora. Además, la presencia de los aparatos está señalizada. “Queremos que la gente sepa donde están estos radares”, ha añadido la concejal de Movilidad para reforzar la idea de que la medida no tiene afán recaudatorio.
De acuerdo a la normativa general de tráfico, las multas oscilarán entre los 100 y los 600 euros, según el nivel del exceso de velocidad, y la retirada de hasta seis puntos del permiso de conducir.
El pasado viernes entraron en la fase de denucias otros cuatro radares que se instalaron como medidas anteriores, en este caso de tramo (miden la velocidad media en un recorrido determinado). Estan situados en la Ronda Litoral y los túneles de Glòries, la Rovira y Badal. Desde junio, cuando se pusieron en marcha aún en periodo informativo, se han enviado 6.000 avisos por exceder los límites.
Apartir del lunes 30 de enero entrarán en funcionamiento dos nuevos radares de tramo -uno en cada sentido de la circulación- en la C-59 en Palau-Solità i Plegamans. Concretamente, están localizados entre los puntos kilométricos 8,760 y 4,905 de la mencionada vía. Así controlarán la velocidad media a la que circulan los vehículos en esos 3,855 kilómetros de longitud, donde…
En este POST, detallamos la ubicación y los ingresos generados por los 10 radares que imponen más multas en Cataluña, una información valiosa para los conductores. Hace dos años, en 2022, el Servei Català de Trànsit emitió un total de 758,659 multas por exceso de velocidad en la comunidad española. Esto representó un promedio diario de 160 sanciones, o dicho…
Estamos seguros que en tu entorno siempre has escuchado aquello de «En la carretera hay que tener mil ojos», y nada más lejos de la realidad. Ya que es muy frecuente haber experimentado alguna situación controvertida con algún frenazo como protagonista.
Cuando conducimos en carretera nos enfrentamos a todo tipo de situaciones, algunas de ellas, límite, que nos obligan a reducir la velocidad o a frenar de manera imprevista.
Por eso es tan importante; no distraernos al volante, ser precavidos y mantener la distancia de seguridad.
Nunca sabemos si se nos puede cruzar un animal, o se puede caer algún objeto sobre el vehículo, si a unos escasos metros más adelante ha habido un accidente… por ello, debemos de adelantarnos a lo que pueda suceder, y eso se solventa teniendo precaución, no distrayéndonos mientras conducimos y manteniendo la distancia de seguridad. A continuación, vamos a hablar de la importancia que tiene respetarla.
Mantener una distancia de seguridad adecuada se considera uno de los factores más importante, si no el que más, ya que nos permitirá reaccionar, frenar y detenernos sin sufrir ningún daño.
Se aconseja que la distancia de seguridad mínima que hay que dejar respecto al vehículo que circula delante nuestro, ha de ser de 100 metros. Mantener esta distancia supondrá que contamos con cuatro segundos de intervalo para poder reaccionar.
Hay quién recomienda que debemos de dejar el número de metros equivalente a la mitad de la velocidad a la que estamos circulando. Es decir, si vamos a 120 km/h, debemos de dejar 60 metros de margen respecto al coche que llevemos delante, siempre y cuando las condiciones del tráfico y la vía lo permitan.
La distancia de reacción es la que recorremos desde que reaccionamos ante un imprevisto hasta que pisamos el freno o giramos el volante. Se calcula que podemos llegar a tardar en reaccionar entre 0,5 y 1 segundo, por eso es tan importante mantener una distancia adecuada. Por supuesto que esta capacidad de reacción dependerá de otros factores; como el cansancio del conductor, inexperiencia, edad, nivel de atención, etc.
Sobre la distancia de frenado es aquella en la que después de haber reaccionado y de haber pisado el freno, el coche continua recorriendo metros hasta que finalmente se detiene por completo. Esta distancia de retención depende del estado del vehículo y de como se encuentren los frenos, neumáticos, suspensiones, etc… sistemas de seguridad activa, velocidad del vehículo, peso del conjunto (ocupantes, coche y carga), estado de la calza (superficie, baches, pendientes, curvas) y condiciones meteorológicas (nieve, lluvia, temperatura).
Mientras que la distancia de detención, se trata de la suma de la distancia de reacción y la distancia de frenado. Es decir; si vamos circulando a una alta velocidad la distancia de detención será mayor.
La distancia de detención son los metros recorridos desde que somos conscientes del incidente hasta que nos detenemos por completo.
Para reducir la distancia de retención deberíamos intentar:
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👉 Vía Augusta 130, 08006 Barcelona. 932373583 Elena
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Muchos conductores tienen por costumbre apurar hasta el último momento para llenar el deposito de gasolina. Esta práctica entraña ciertos riesgos derivados. Los coches diésel o de gasolina no deberían circular más de lo estrictamente necesario en reserva, por estos motivos que explicaremos a continuación.
Cuando se enciende el chivato de la gasolina significa que el depósito ha entrado en reserva, es decir, que nos queda entre el 10 y el 15% de la carga máxima de combustible. Esta cantidad sería suficiente para llegar a la siguiente gasolinera y repostar, pero no todos los conductores lo hacen en la primera ocasión.
Muchos no son conscientes de que esto puede ser perjudicial para la mecánica del coche; ya que pone en riesgo el funcionamiento de un elemento clave: la bomba de combustible.
La bomba de combustible es la encargada de succionar la gasolina del depósito y llevarla hasta los inyectores. Allí, es introducida en el interior de los cilindros para ser quemada. Lo que ocurre cuando el nivel de combustible es muy bajo, es que se forman burbujas de aire y la bomba tiene que hacer un sobreesfuerzo. Este sobreesfuerzo, acelera su desgaste y hace que tenga que ser sustituida mucho antes de lo que le correspondería.
Es importante recordar, que el cambio de la bomba en nuestro coche supondrá un coste económico elevado; ya que en la mayoría de modelos de coches, hay que desmontar el deposito de combustible por completo.
Pero no es la única consecuencia; ya que cuando queda poco combustible, es más probable que los sedimentos se acumulen en el fondo del depósito y que con el tiempo acaben por atascar el filtro y los inyectores, lo que afectaría también a su funcionamiento. Al igual que la bomba de combustible esta reparación también resulta muy costosa.
No merece la pena el riesgo de circular con el depósito bajo mínimos a largo plazo, por poder ahorrar algún euro.
En el caso de que el coche se quede inmovilizado, nos puede multar por entorpecer la circulación o detener el vehículo creando una situación de peligro para el resto de conductores, puede suponernos una sanción económica de 200 euros.
También puede darse el caso de que decidimos dejar detenido el coche y acercarnos a una gasolinera a por combustible, nos pueden multar con hasta 3.000 euros por transportar un líquido inflamable en un recipiente no homologado.
Los eventos climáticos extremos, como la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha puesto a España en estado de alerta este último fin de semana, conllevan una gran cantidad de daños tanto materiales como personales que acarrean costos significativos. …
Existen componentes en el vehículo diseñados para durar prácticamente toda la vida útil del coche sin necesidad de reemplazarlos. Uno de estos elementos es el sistema de dirección, aunque no está exento de sufrir daños o averías en determinadas circunstancias. El mal uso, accidentes o …
La descarga de APPS para conductores ha crecido exponencialmente. Posiblemente este crecimiento sea debido al precio desorbitado de la gasolina y el hecho de que la inflación este alcanzado cifras muy altas…
Las APPS más descargadas y mejor valoradas son:
Otra de las aplicaciones más usadas especialmente después de la subida de precios del repostaje es la de
Con ella se puede localizar las estaciones de servicio con los mejores precios.
Esta aplicación geolocaliza las estaciones más cercanas con los precios en tiempo real, para ofrecer tanto las ubicaciones de las gasolineras de la operadora como el ahorro que obtendrá a la hora de repostar en una de sus estaciones.
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El mejor repostaje en tu móvil
GasAll es la mejor aplicación para localizar la gasolinera que más te interesa en cada momento: por precio, por carburante o para aprovechar una promoción.
Esta APP es una de las más descargables por su utilidad para encontrar apartamento:
ElParking ha decidido potenciar el servicio de ‘desaparcar’, en el que te devuelven el importe no consumido a la hora de estacionar el vehículo en las calles de muchas ciudades de España.
Conducimos contigo
El compañero de viaje perfecto, en ciudad o carretera
Con lluvia la distancia de frenado se alarga y la visibilidad se reduce. Evitar las maniobras bruscas, aumentar la distancia de seguridad, reducir la velocidad y llevar los neumáticos…
A partir del 1 de noviembre, la DGT cambia el sistema oficial por el cual notifica a los infractores las sanciones de tráfico a todas las personas jurídicas, es decir, a las empresas. Las multas dejarán de llegar a casa a través del correo ordinario, y solo se podrá tener conocimiento…
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Ya están aquí las temidas altas temperaturas, y han llegado a España para quedarse. El calor será el nuevo protagonista de las próximas semanas.
En plena ola de calor, las altas temperaturas influyen de forma muy negativa sobre el conductor/a; es por ello que debemos mantener nuestro coche lo más fresco posible a la hora de conducir. Ya que está demostrado que si el interior de nuestro coche tiene una temperatura superior a 35ºC, el efecto que nos provoca, es similar a conducir con una tasa de alcoholemia de 0,5 gr/l en sangre. Esto nos podría provocar:
Desde hace años hemos utilizado estrategias como utilizar parasoles o cortinillas en los cristales de tal forma que el sol no penetre directamente al interior del coche.
La DGT recomienda que la temperatura en el habitáculo sea de entre los 21 y los 23 grados.
Un profesor japonés reveló su truco para provocar un descenso de la temperatura del interior del coche sin tener que llegar a poner en marcha el motor, que se ha hecho VIRAL.
Consiste en lo siguiente:
En cuestión de de diez segundos, lograremos expulsar el aire caliente.
Para una mayor eficacia, se puede repetir el proceso con la puerta y ventanilla contraria.
El efecto de presión-depresión generado por el movimiento de la puerta provoca una gran corriente de succión dentro del coche que permite que el el aire caliente salga por la puerta y sea sustituido por el fresco que entra por la ventanilla.
El cierre a distancia con mando se popularizó en los años 90, siendo una gran innovación en el mundo del automóvil. A día de hoy, casi todos los vehículos permiten abrirse y cerrarse a través de este método. Una de las muchas razones por las que nuestro mando a distancia deje de funcionar, puede ser…
Numerosos incidentes que involucran coches y bicicletas tienen lugar no en el tráfico, sino en los estacionamientos, cuando al abrir la puerta del vehículo se golpea involuntariamente a un ciclista que pasa cerca. Para prevenir este tipo de situaciones, es recomendable emplear la técnica de abrir la puerta «a la holandesa», una práctica altamente respaldada por la Guardia Civil…
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Todos los años la DGT cambia algunos aspectos relacionados con su ámbito de actuación y que son importantes conocerlos si te vas a enfrentar a los exámenes de conducir para sacar tu permiso o Carnet este 2022 en Barcelona.
Estas son las Novedades:
Con el cambio de año, la DGT aumentó en un 1% el precio de las tasas. Además, para poder presentarse al examen hay que pagar una tasa previa de 94,05 euros.
A pesar que hemos vuelto a una supuesta «normalidad» los efectos de la pandemia siguen muy presentes en todo lo referente a las pruebas para obtener el permiso de conducir. Aún existe preocupación por la salud de examinadores y de quienes os presentáis a los exámenes. Por eso, vamos a comenzar este POST con los requisitos COVID-19 que aún perduran en este 2022:
Estas son las tres medidas que aplica la DGT en relación a la pandemia:
*Puede que hayan cambios en el futuro debido a los repuntes de COVID, si así fuera os lo haremos saber.
Hay que diferenciar entre los errores en el examen teórico y en el práctico:
Si se ha pasado el teórico, para la prueba práctica, hay un poco más de margen en cuanto al tipo de errores. El examen práctico distingue entre faltas leves, deficientes y eliminatorias. Las distintas opciones para suspender son las siguientes:
La publicación de las notas depende de si se trata de la prueba teórica o de la práctica. En el primero de los casos se pueden dar dos supuestos:
Si la nota es la del examen práctico, la calificación se dará a conocer a partir de las cinco de la tarde del día siguiente.
Hasta ahora, si alguien era pillado copiando en el examen teórico de conducir, se le expulsaba del aula y se ganaba un suspenso inmediato, pero desde la entrada en vigor de las modificaciones de la Ley de Tráfico, además de la expulsión y el suspenso, el alumno recibirá una sanción. La sanción, consistente en no poder presentarse a un nuevo examen antes de seis meses y una multa económica de 500 €uros, por ser considerada su conducta como de infracción muy grave.
Si el carnet de conducir se te ha caducado, podrás renovarlo fácilmente. Es importante que tengas en cuenta que no podrás circular mientras tengas el carnet de conducir caducado, ya que podrías ser sancionado. Es importante no confiarse; ya que los controles de tráfico, suelen ser habituales y …
Ya está aquí el verano, y si eres uno de los afortunad@s que han decidico viajar al extranjero y tener total libertad conduciendo en coche, esto te interesa. Ya sea por que estemos planeando un viaje o hayamos decidido llevar nuestro propio automóvil al extranjero por un período de tiempo, es…
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